Derecho laboral / Recursos de nulidad / Litigación estratégica
Sentencia destacada: nulidad laboral por afectación del derecho a defensa en procedimiento monitorio
Ficha anonimizada de una resolución obtenida por el estudio. La información se presenta con fines generales y no constituye garantía de resultados futuros.
Resultado
Se acogió el recurso de nulidad. Se anuló la sentencia definitiva y la audiencia única de procedimiento monitorio. La causa deberá volver al estado de celebrarse una nueva audiencia única ante tribunal no inhabilitado.
- Área
- Derecho laboral / Recursos de nulidad / Litigación estratégica
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Iquique
- Rol
- 107-2025 Laboral-Cobranza
- RUC
- No informado en la ficha fuente.
- RIT
- M-79-2025
- Fecha de sentencia
- 22 de agosto de 2025
- Año
- 2025
- Materia
- Recurso de nulidad laboral en procedimiento monitorio, contra sentencia que había acogido una demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones.
- Tribunal de origen
- Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique
- Estado procesal
- Recurso de nulidad acogido. Se anuló la sentencia definitiva y la audiencia única de procedimiento monitorio, ordenándose la realización de una nueva audiencia ante tribunal no inhabilitado.
- Abogado interviniente
- Recurso de nulidad presentado por el abogado Miguel Angel Castro Soto, en representación de la parte demandada.
Qué se obtuvo
La Corte de Apelaciones de Iquique acogió el recurso de nulidad, anuló la sentencia definitiva dictada en procedimiento monitorio y también la audiencia única que le antecedió.
La causa fue retrotraída al estado de que un tribunal no inhabilitado fije día y hora para la celebración de una nueva audiencia única.
Problema jurídico
Determinar si vulnera el debido proceso y el derecho a defensa aplicar la presunción de admisión tácita del artículo 453 N°1, inciso séptimo, del Código del Trabajo, pese a que la parte demandada compareció a la audiencia y contestó la demanda negando expresa y categóricamente los hechos fundantes de la acción.
Estrategia general
El recurso se centró en demostrar que la contestación de la demanda, aunque sucinta, contenía una negativa expresa y suficiente para trabar la litis y generar controversia sobre hechos sustanciales y pertinentes.
La estrategia sostuvo que la aplicación de la presunción de admisión tácita fue improcedente, porque privó a la parte demandada del derecho a rendir prueba, controvertir los hechos y obtener una decisión fundada en prueba rendida por ambas partes.
Decisión del tribunal
La Corte estimó que la contestación de la parte demandada contenía una negación explícita y categórica de los hechos que sustentaban la pretensión del actor.
El tribunal concluyó que esa negativa era suficiente para trabar la litis y generar controversia sobre un hecho sustancial y pertinente, que requería prueba para ser resuelto.
La Corte sostuvo que la aplicación de la presunción de admisión tácita constituyó un error de derecho que vulneró de forma manifiesta el derecho a defensa, al impedir a la parte demandada rendir prueba sobre hechos controvertidos.
Relevancia e importancia del fallo
La sentencia es relevante porque reafirma que el procedimiento monitorio laboral debe respetar el contradictorio, el derecho a defensa y el derecho a rendir prueba.
El fallo destaca que una contestación breve, si contiene una negación expresa y categórica de los hechos de la demanda, puede ser suficiente para generar controversia y excluir la aplicación de la presunción de admisión tácita.
También resulta relevante para litigación laboral estratégica porque muestra la utilidad del recurso de nulidad frente a decisiones que, mediante una aplicación improcedente de presunciones procesales, impiden a una parte probar su teoría del caso.
Extracto anonimizado
En causa Rol 107-2025 Laboral-Cobranza, RIT M-79-2025, seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, la parte demandada interpuso recurso de nulidad contra una sentencia definitiva dictada en procedimiento monitorio laboral.
El recurso fue presentado por el abogado Miguel Angel Castro Soto, en representación de la parte demandada.
La Corte de Apelaciones de Iquique acogió el recurso de nulidad, al estimar que la contestación de la demanda contenía una negación explícita y categórica de los hechos fundantes de la acción, suficiente para trabar la litis y generar controversia.
El tribunal sostuvo que la aplicación de la presunción de admisión tácita del artículo 453 N°1, inciso séptimo, del Código del Trabajo fue improcedente y vulneró el derecho a defensa, al impedir a la parte demandada rendir prueba sobre hechos controvertidos.
Como consecuencia, se anuló la sentencia definitiva y la audiencia única de procedimiento monitorio, ordenándose la realización de una nueva audiencia ante tribunal no inhabilitado.
Ficha resumida y anonimizada siguiendo criterios de resguardo de datos personales y sensibles considerados en el Acta N° 44-2022, de 15 de febrero de 2022, y actualizados por el Acta N° 164-2024, de 5 de agosto de 2024, de la Corte Suprema.
Anonimización y trazabilidad
- Nivel de anonimización
- Medio-alto. Se mantienen tribunal, Rol y RIT como identificadores judiciales oficiales. Se omiten nombre del trabajador demandante, nombre de la empresa demandada, datos personales, códigos de validación documental y otros antecedentes que podrían permitir identificación directa innecesaria.
- Riesgos revisados
- Nombre del trabajador demandante, nombre de la empresa demandada, datos personales, códigos VerificaDoc, nombres de terceros no necesarios y antecedentes que podrían permitir identificación directa o indirecta.
- Documento disponible
- Extracto anonimizado en HTML. No se publica el PDF original ni una versión descargable.
El tribunal, Rol y RIT se informan como identificadores judiciales oficiales. Los nombres de personas naturales, datos personales, códigos de validación documental y demás antecedentes de identificación directa o indirecta se mantienen omitidos o reemplazados.
Verificación institucional
La existencia de esta resolución puede ser corroborada en los registros públicos del Poder Judicial de Chile, a través de su sitio institucional, mediante consulta por tribunal, Rol y RIT informado.
Sitio del Poder JudicialLa información se presenta de manera resumida y anonimizada. Cada caso depende de sus hechos, prueba, contexto procesal y estrategia. Este resultado no constituye promesa ni garantía de resultados futuros.
Fichas resumidas y anonimizadas siguiendo criterios de resguardo de datos personales y sensibles considerados en el Acta N° 44-2022, de 15 de febrero de 2022, y actualizados por el Acta N° 164-2024, de 5 de agosto de 2024, de la Corte Suprema. No se publican sentencias destacadas obtenidas en tribunales de familia ni en asuntos tributarios, por corresponder a materias donde no existe acceso público a las causas.
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