Derecho laboral / Recursos de nulidad / Litigación estratégica
Sentencia destacada: nulidad laboral y rechazo de tutela en sentencia de reemplazo
Ficha anonimizada de una resolución obtenida por el estudio. La información se presenta con fines generales y no constituye garantía de resultados futuros.
Resultado
Se acogió el recurso de nulidad. Se invalidó la sentencia de primera instancia. En sentencia de reemplazo, se rechazó la denuncia de tutela laboral y las acciones subsidiarias deducidas contra la parte demandada.
- Área
- Derecho laboral / Recursos de nulidad / Litigación estratégica
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Iquique
- Rol
- 124-2025 Laboral-Cobranza
- RUC
- No informado en la ficha fuente.
- RIT
- T-193-2024
- Fecha de sentencia
- 21 de octubre de 2025
- Año
- 2025
- Materia
- Recurso de nulidad laboral contra sentencia que había acogido una denuncia de tutela de derechos fundamentales, con sentencia de reemplazo que rechazó la denuncia principal y las acciones subsidiarias. Tanto la sentencia de nulidad como la de reemplazo se dictaron el 21 de octubre de 2025.
- Tribunal de origen
- Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique
- Estado procesal
- Recurso de nulidad acogido. Sentencia de reemplazo dictada por la Corte de Apelaciones.
- Abogado interviniente
- Recurso de nulidad presentado por el abogado Miguel Angel Castro Soto, en representación de la parte demandada.
Qué se obtuvo
La Corte de Apelaciones de Iquique acogió el recurso de nulidad interpuesto por la parte demandada, invalidó la sentencia definitiva dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique y dictó sentencia de reemplazo.
En la sentencia de reemplazo, la Corte rechazó la denuncia por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del término de la relación laboral, rechazó la acción subsidiaria de despido indebido, nulidad del despido y cobro de prestaciones, y rechazó la indemnización por daño moral.
Problema jurídico
Determinar si la sentencia de primera instancia infringió manifiestamente las reglas de la sana crítica al sostener, por una parte, que la relación laboral terminó por vencimiento del plazo convenido y, por otra, que ese mismo hecho constituía la culminación de un proceso de hostigamiento laboral.
Estrategia general
El recurso de nulidad se estructuró principalmente sobre la infracción manifiesta de las reglas de la sana crítica, especialmente los principios de no contradicción y razón suficiente.
La estrategia consistió en demostrar que la sentencia anulada contenía una contradicción lógica central: trataba el vencimiento objetivo del plazo del contrato como un acto jurídicamente neutro y, al mismo tiempo, como culminación de un proceso de hostigamiento.
También se cuestionó la falta de fundamentación racional para tener por acreditados los indicios de vulneración, la valoración parcial de la prueba y la ausencia de explicación suficiente sobre cómo los antecedentes rendidos permitían sostener una vulneración de derechos fundamentales.
Decisión del tribunal
En la sentencia de nulidad, la Corte de Apelaciones acogió el recurso por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo.
El tribunal estimó que la sentencia de primera instancia infringía las reglas de la lógica, específicamente los principios de no contradicción y razón suficiente. Señaló que no podía considerarse simultáneamente el término del contrato por vencimiento de plazo como un acto no arbitrario y, a la vez, como culminación de un proceso de hostigamiento.
En la sentencia de reemplazo, la Corte rechazó la denuncia por vulneración de derechos fundamentales, al estimar que la prueba rendida era insuficiente para establecer una infracción.
Asimismo, sostuvo que los antecedentes documentales y testimoniales no permitían inferir de manera concluyente la existencia de un patrón sistemático de acoso o maltrato.
La Corte también rechazó la demanda subsidiaria de despido indebido, la acción de nulidad del despido, el cobro de prestaciones asociado y la indemnización por daño moral.
Relevancia e importancia del fallo
La sentencia es relevante porque reafirma que la valoración de la prueba en sede laboral debe respetar las reglas de la sana crítica y no puede fundarse en razonamientos contradictorios.
El fallo destaca la importancia de distinguir entre un término objetivo de contrato por vencimiento de plazo y una conducta vulneratoria de derechos fundamentales, exigiendo una fundamentación racional suficiente para establecer una afectación de garantías.
También resulta relevante para litigación laboral estratégica porque muestra la utilidad del recurso de nulidad frente a sentencias que construyen conclusiones fácticas sin explicar adecuadamente la conexión lógica entre prueba, indicios y decisión.
Extracto anonimizado
En causa Rol 124-2025 Laboral-Cobranza, RIT T-193-2024, seguida ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique, la parte demandada interpuso recurso de nulidad contra la sentencia definitiva que había acogido una denuncia de tutela de derechos fundamentales.
El recurso fue presentado por el abogado Miguel Angel Castro Soto, en representación de la parte demandada.
La Corte de Apelaciones de Iquique acogió el recurso de nulidad, al estimar que la sentencia de primera instancia infringía las reglas de la sana crítica, especialmente los principios de no contradicción y razón suficiente.
El tribunal consideró que la sentencia anulada incurría en una contradicción lógica al sostener que el contrato terminó por vencimiento del plazo convenido y, al mismo tiempo, tratar ese hecho como culminación de un proceso de hostigamiento.
En sentencia de reemplazo, la Corte rechazó la denuncia por vulneración de derechos fundamentales, al estimar que la prueba rendida era insuficiente para establecer una infracción. También rechazó la acción subsidiaria de despido indebido, nulidad del despido, cobro de prestaciones e indemnización por daño moral.
Ficha resumida y anonimizada siguiendo criterios de resguardo de datos personales y sensibles considerados en el Acta N° 44-2022, de 15 de febrero de 2022, y actualizados por el Acta N° 164-2024, de 5 de agosto de 2024, de la Corte Suprema.
Anonimización y trazabilidad
- Nivel de anonimización
- Medio-alto. Se mantienen tribunal, Rol y RIT como identificadores judiciales oficiales. Se omiten nombre de la trabajadora demandante, nombre de la empresa demandada, datos personales, datos de salud, códigos de validación documental y otros antecedentes que podrían permitir identificación directa innecesaria.
- Riesgos revisados
- Nombre de la trabajadora demandante, nombre de la empresa demandada, datos de salud, informes médicos, datos personales, códigos VerificaDoc, nombres de terceros no necesarios y antecedentes que podrían permitir identificación directa o indirecta.
- Documento disponible
- Extracto anonimizado en HTML. No se publica el PDF original ni una versión descargable.
El tribunal, Rol y RIT se informan como identificadores judiciales oficiales. Los nombres de personas naturales, datos personales, datos sensibles, códigos de validación documental y demás antecedentes de identificación directa o indirecta se mantienen omitidos o reemplazados.
Verificación institucional
La existencia de esta resolución puede ser corroborada en los registros públicos del Poder Judicial de Chile, a través de su sitio institucional, mediante consulta por tribunal, Rol y RIT informado.
Sitio del Poder JudicialLa información se presenta de manera resumida y anonimizada. Cada caso depende de sus hechos, prueba, contexto procesal y estrategia. Este resultado no constituye promesa ni garantía de resultados futuros.
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